Política

Corte de Apelaciones rechazó el Recurso de Protección interpuesto por la administradora municipal.

Por: Alejandra Espíndola Corante 

La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección interpuesto por la administradora municipal, Tamara Aguilera.

El documento de protección presentado por la administración municipal  mencionaba  las supuestas irregularidades que habría concurrido el concejo municipal celebrado el 9 de julio de este presente año el cual  solicitaba la remoción de Aguilera.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acordó dar el fallo a favor de los concejales puesto que el acuerdo del Concejo Municipal de remover a Aguilera fue fundamentado en razones técnicas que caen directamente en la esfera de las funciones de la administradora municipal. Por tanto,  El artículo 30 de la Ley Orgánica de Municipalidades  de la Ley 19.880 que es relativa a los procedimientos administrativos, debe convenirse que la decisión en cuestión fue debidamente fundada.

“Es un fallo que da a lugar a que los concejales tenemos la facultad para la remoción de la administradora municipal,  se esbozaron las razones,  la actitud tomada por los concejales está tomada a derecho, se rechazó con costa, se rechazó  con todo, lo que significa que tenemos la razón” dijo la concejala, Carolina Latorre quien  mencionó que este fallo a favor puede ser apelado ante la Corte Suprema.

Por su parte,  Ricardo Sánchez,  abogado defensor de Aguilera, dijo que “el cargo de la administradora municipal es un cargo técnico y que, por tanto,  la evaluación que debe hacerse es técnico y no político como han pretendido los concejales, no compartimos la decisión de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y por tanto iremos ante la Corte Suprema”

RAZONES DE LA REMOCION

Una de las razones por las cuales los concejales argumentaban la remoción de la administradora municipal, Tamara Aguilera es por la modificación  presupuestaria que se habría realizado en febrero  y los concejales se enteraron en junio. “En el ejercicio de sus funciones, la administradora municipal, debió saber de qué debía proponer al concejo  en el mes de mayo, alomenos, que existía esta  modificación presupuestaria  que no paso por concejo, cuestión que es muy grave, ya que las funciones de los concejales es aprobar y fiscalizar los presupuestos” aseveró la concejala Carolina Latorre.

 

 

Ricardo Sánchez, abogado de la administradora municipal enfatizó que “No existe ningún documento que Aguilera haya realizado esa  modificación presupuestaria por orden de ella, tanto es así que no se le comunicó la existencia de esa modificación presupuestaria y lo vino a saber meses después, y una vez que lo supo ordenó el sumario administrativo correspondiente, pero lo que pretenden los concejales es que por negligencia de otros funcionarios deba responder Aguilera y eso no es procedente”.

 

 

Por cuanto, para la remoción de Tamara Aguilera debe el alcalde dictar el decreto  que estaría fuera de plazo ya que debió haber sido a los 20 dias desde la decisión que tomó el Concejo Municipal en el mes de julio.

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