Diputada Ahumada (PDG) propone Estado de Protección Permanente de Uso Excepcional en la Constitución
La medida se aplicaría cuando se afecte gravemente el desarrollo de la vida de los ciudadanos, la delincuencia supere las capacidades policiales, casos de grave y reiterada alteración del orden público, acciones reiteradas que ocasionen terror o atentados constantes contra la propiedad privada.
El Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en la Macrozona Sur ya va en su onceava prórroga solicitada por La Moneda al Parlamento y ahora se aprobó nuevamente en el Congreso su continuidad. El Estado de Emergencia permite el despliegue de las Fuerzas Armadas y fue decretado el 16 de mayo por el gobierno de Gabriel Boric, en la Región de La Araucanía, y las provincias de Arauco y del Biobío, de la Región del Biobío.
No obstante, hay otras zonas del país -como en el norte- que están viviendo fuertes olas de violencia por parte de bandas, mafias y carteles internacionales, inmigración descontrolada y grave alteración del orden público, por lo que surgen propuestas desde el Poder Legislativo para solucionar lo que viven millones de ciudadanos de una manera más ágil y sencilla a través de más atribuciones para el Ejecutivo.
En este contexto, la parlamentaria por la zona norte, Yovana Ahumada, envió un proyecto que propone un Estado de Protección Permanente de Uso Excepcional en la Constitución. “Los actos terroristas, delincuencia, violencia extrema, descontrol social y la llegada del crimen organizado internacional, han llegado a un punto de no retorno, con un gobierno que no se atreve a usar los estados de excepción constitucional existentes, en protección de la ciudadanía, me obliga a tomar acción como legisladora con esta iniciativa para entregar un alivio a la población de Antofagasta y de todo Chile que sienten constantemente, sensación de miedo, temor y pánico”, expresó la representante del Partido de la Gente.
Esta reforma a la Carta Magna se aplicaría en las siguientes situaciones o contextos: cuando se afecte gravemente el normal desarrollo de la vida de los ciudadanos, cuando la delincuencia supere las capacidades de Carabineros o Policía de Investigaciones (PDI), en caso de grave y reiterada alteración del orden público, en caso de acciones reiteradas que ocasionen terror en toda o parte de la sociedad, o por atentados reiterados contra la propiedad privada de una zona o sector determinado.
Este nuevo Estado de Emergencia, lo podrá declarar el Presidente de la República, determinando las zonas afectadas por dichas circunstancias. Este no podrá extenderse por más de 60 días, sin perjuicio de que el mandatario podrá por única vez prorrogarlo por igual período. De igual forma, si el Ejecutivo se niega a aplicar esta medida puede ser solicitada por los diputados con la aprobación de la Cámara de Diputados y el Senado.
En los casos que el estado de protección permanente sea declarado por el Parlamento, será el jefe de la Defensa Nacional el obligado a informar al Congreso Nacional de las medidas adoptadas en virtud de este Estado de protección.
Cabe destacar que recientemente el Ejecutivo ingresó al Congreso un proyecto que busca dar un nuevo formato para aplicar el estado de excepción constitucional, el cual busca una renovación cada 60 días y no cada 15 como es hoy, como también la presentación de informes quincenales en el Parlamento para saber los avances de esta medida, que reduciría algunas facultades que tiene el jefe de la Fuerza Armada o ejército a cargo de la zona que se encuentre bajo este estado.